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Benito Barrera CV
  
Código de Conducta Profesional
B.Barrera International Consulting
 

1. Responsabilidades Básicas


1.1 Deberá siempre poner los intereses de los Clientes por delante de los suyos propios y servir a sus clientes con integridad y competencia.


1.2 Asumirá una posición independiente con el Cliente, asegurándose de  que el consejo a sus Clientes esta basado en consideraciones imparciales de todos los hechos relevantes y opiniones responsables


1.3 Guardará toda la información que es recogida durante el transcurso de su trabajo profesional concerniente a los asuntos de sus Clientes, de forma confidencial.


1.4 No tomara ventajas de tipo personal, financiera o de cualquier otra clase, del material o información interna resultante de su relación profesional con Clientes; no proporcionara las bases en las que otros puedan tomar tales ventajas.


1.5 No servirá a dos o más Clientes competidores en áreas de interés vitales, sin informar a cada uno de los Clientes.


1.6 Informara a sus Clientes de alguna relación especial o intereses que puedan influenciar en su juicio o mermar su objetividad.

B.Barrera International Consulting
 

2. Preparativos



2.1 Deberá, antes de aceptar un trabajo, consultar con el Cliente o posible Cliente en suficiente detalle y obtener los datos necesarios para conseguir un adecuado entendimiento del problema, el alcance del estudio necesario para resolverlo y los posibles beneficios que pueden acumularse al Cliente. La exploración preliminar debe ser realizada confidencialmente en los términos y condiciones acordadas entre el Consultor y el posible Cliente.



2.2 Solamente se aceptaran trabajos para los que el cree estar cualificado. El Consultor  recomendara que otros profesionales sean contratados cuando su específico conocimiento y habilidades sean requeridos por el Cliente.



2.3 Se aceptarán solamente trabajos en los que se crea serán beneficiosos para el Cliente.



2.4 No se aceptaran Clientes bajo términos y condiciones que puedan debilitar la objetividad, independencia o integridad del Consultor; este se reservara el derecho a retirarse si las condiciones, mas allá de su control,  impiden o interfieren con la dirección exitosa del trabajo.



2.5 No se aceptara un trabajo de tan limitado alcance que no pueda servir al Cliente con efectividad.



2.6 Presentara sus cualificaciones para servir al Cliente solamente en términos de su competencia, experiencia y reputación; no prometerá  resultados específicos, tales como monto de reducción de costes o monto de  incremento de beneficio.



2.7 Realizara cada trabajo de forma individualizada y desarrollara recomendaciones elaboradas específicamente para la solución de los problemas de cada uno de los Clientes.



2.8 Excepto en aquellos casos donde la especial relación con el Cliente lo haga innecesario, deberá asegurarse de que el Cliente reciba una propuesta escrita que resuma los objetivos, alcance, enfoque y, cuando sea posible, los honorarios estimados o la base de cálculo para los honorarios por la realización del servicio o estudio.



2.9 Si las condiciones cambiaran durante el trabajo, deberá discutir con el Cliente el cambio de los objetivos, alcance y enfoque u otros aspectos del trabajo y obtener el acuerdo del Cliente de tales cambios antes de tomar alguna acción al respecto. Cuando las circunstancias lo hagan necesario, confirmara los cambios por escrito.

B.Barrera International Consulting
 

3. Honorarios



3.1 Se cobraran unos  honorarios razonables. La determinación de la razonabilidad de los honorarios se basara en: la naturaleza de los servicios realizados, el tiempo requerido, la experiencia, habilidades y reputación del Consultor; el grado de responsabilidad asumida y los beneficios acumulados para el al Cliente.



3.2 Cuando sea factible, se acordara con el Cliente, por anticipado, el monto de los honorarios o la base para su cálculo.



3.3 El precio y las prácticas de honorarios no deben servir para mermar el estatus de independencia y objetividad del juicio profesional del Consultor o contribuir a un conflicto de intereses con el Cliente.



3.4 No se aceptaran honorarios, comisiones u otras ventajas de individuos u organizaciones cuyos equipos, materiales o servicios sean recomendados por el Consultor en el transcurso del trabajo a los Clientes.