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TRATADO DE AMISTAD, COLABORACIÓN
Y RECONOCIMIENTO MUTUO.
ENTRE EL PRINCIPADO DE VALUMAR Y
EL REINO DE RIBOALTE
Las micronaciones firmantes de
este Tratado, a través de sus respectivos representantes oficiales y
como prueba de la buena voluntad existente por parte de las mismas,
acuerdan formalmente los siguientes puntos:
Uno.
Ambas naciones reconocen mutuamente su existencia como micronaciones
legales y constitucionales con plena soberanía e independencia.
Dos.
Ambas naciones, dentro del ámbito micronacional, reconocen y respetan
mutuamente sus símbolos, territorios, instituciones y ordenamientos
jurídicos.
Tres.
Ambas naciones manifiestan su voluntad de continuar sus contactos
diplomáticos y de seguir avanzando en unas relaciones de amistad y
colaboración mutuas como medio de desarrollo y fortalecimiento de sus
ciudadanos e instituciones y, por consiguiente, del ámbito micronacional
en general, manteniendo para ello una vía de comunicación permanente.
Cuatro.
Ambas naciones se comprometen mutuamente a hacer pública la firma de
este Tratado para conocimiento de su propia ciudadanía y de los círculos
diplomáticos micronacionales, incorporando para ello en sus respectivas
páginas web oficiales la información correspondiente y, en su caso, la
imagen de la bandera del otro país firmante.
Se
firma el presente Tratado el día 2 de Septiembre de 2008
Por el
Principado de Valumar:
S.A.S. Don Luis I, Príncipe de Valumar
Por el
Reino de Riboalte:
S.A.R.S. Don Joan II, Rey de Riboalte |