Tema 34
Conquista, colonización y administración de la América hispánica en los siglos XVI al XVIII

Última revisión junio del 2008. Ver un resumen.

Introducción *
Colón y la primera época *
Carlos I y las Leyes Nuevas *
Consolidación y desvirtuación del sistema: Felipe II y el siglo XVII *
Organización del Estado indiano *

La Corona *
El gobierno *
La audiencia *
El virrey *
El municipio *
Las autoridades indígenas *
La Hacienda *
La guerra y la milicia *
El siglo XVIII y los Borbones *
Bibliografía *

Tema

Introducción

     En 1492 Cristóbal Colón descubre América. Las condiciones en las que hace el viaje se especifican en las Capitulaciones de Santa Fe. Colón será almirante del mar Océano, virrey de las tierras descubiertas, tendrá derecho a la décima parte del comercio con las Indias, y a sufragar la octava parte de las expediciones. Además, sus prerrogativas serán hereditarias.

     Se considera el descubrimiento y la conquista de América como continuación del impulso guerrero de la Reconquista; con su sentido repoblador; y con la transmisión al Nuevo Mundo de las y instituciones de organización castellanas; como el municipio, entre las que se haya el repartimiento de tierra. También es necesario destacar el anhelo evangelizador de la empresa.

     Pero América es un gran continente, con una naturaleza nueva y desconocida, con grandes territorios y con una gran diversidad racial, tierras alejadas de la metrópoli y fronterizas (la frontera entre la civilización y lo salvaje). Estas peculiaridades del territorio permiten la existencia de una sociedad, la sociedad indiana, diferente a la peninsular. Una sociedad en la que el dinero, y no el nacimiento, es lo que determina la posición social. Esta sociedad tiene un Estado, el Estado indiano, controlado desde España; pero con ciertas peculiaridades que van cambiando a lo largo de los siglos.

Colón y la primera época

     Al poco tiempo de ser descubiertas las Indias se tuvo claro que se había descubierto un nuevo continente, lo que era mucho más de lo esperado (una ruta por el oeste hacia la India). Inmediatamente los Reyes Católicos intentan derogar las Capitulaciones de Santa Fe, ya que se consideran excesivas; pero no será posible hasta que no muera Colón.

     A continuación, con el mismo descubrimiento, se emprende la tarea de poblar las Indias. Colón llevó pobladores en sus cuatro viajes, pero fueron también sin Colón en fecha tan temprana como 1495. Para estos viajes el rey concede permiso de navegación a las Indias, con el fin de hacer caer el monopolio de Colón.

     Las Indias tenía una naturaleza diferente a la de España y los nuevos pobladores no sabían cómo cultivar la tierra, por lo que de poco servían los repartimientos de tierra. Quienes sí sabían cultivar la tierra eran los indios que vivían en ellas, por eso comenzó la costumbre de «repartir indios», en lugar de tierras, para explotar el territorio.

     Colón no fue un buen gobernante. Los problemas en los territorios descubiertos eran cada vez mayores, así como las quejas, por lo que Colón recibió la visita de Francisco de Bobadilla, que tuvo como resultado su encarcelamiento y el nombramiento de Bobadilla como gobernador de las Indias.

     Pero, además, España se tuvo que enfrentar a Portugal por los derechos de navegación. Se promulgan diversas bulas, entre la que destaca la Ínter Caetera en la que el papa Alejandro VI (un Borja español) reconoce el derecho de España sobre las nuevas tierras. El conflicto con Portugal se resuelve en 1494 en el Tratado de Tordesillas. Según este tratado se establece una división del mundo cuyo meridiano se encuentra a 370 millas al oeste de Cabo Verde. El este será para Portugal y el oeste para España. Dentro de esta división se encuentra Brasil, en el continente americano, que será la base territorial del Imperio portugués en América.

     La colonización se hará en tres fases, según el modelo de: descubrimiento, rescate o comercio con los indios y poblamiento, fundando comunidades urbanas con el modelo del municipio castellano.

     Las primeras expediciones eran privadas. Auténticas empresas de capitalismo mercantil, con el fin de obtener beneficios, por encima de los escrúpulos morales. Las Indias eran un territorio sin Estado, en las que las leyes españolas estaban muy lejos. Estas empresas, sin embargo, eran autorizadas por el rey con la firma de capitulaciones, en las que el monarca tenía una ganancia. De esta forma se controla, en un primer momento, el comercio con las Indias.

     El primer asiento en América se hace en la isla de La Española. Nicolás Ovando será el encargado de reconducir el nuevo poblamiento, tras la caída de Colón, y el breve periodo de gobierno de Bobadilla. Se establece la obligación de acudir a las armas en caso de peligro, el repartimiento de tierras (que a la postre será de indios), y las franquicias económicas de los pobladores. Es el modelo municipal castellano. En las nuevas poblaciones de las Indias no se admitirán pobladores extranjeros sin la autorización del rey.

     En 1503 se organiza el tráfico marítimo con las Indias. Se crea la Casa de Contratación en Sevilla, en la que se registran y se controlan a los pasajeros y las mercancías que salen y llegan de las Indias. Se nombró un tesorero, un contador y un factor, que serán los cargos característicos en la Hacienda indiana.

     Fray Ovando se encontró en La Española que sólo los baquianos (los veteranos) tenían granjas en las que se contaba con el «servicio» de los indios que habían sido repartidos. Ovando intenta establecer: que los indios que trabajen para los españoles lo hagan a cambio de un salario, pero fracasa. El repartimiento se considerará como esclavitud a la que se someten súbditos del rey, ya que según las bulas papales los indios son vasallos del rey de España. Pero la esclavitud de los vasallos es inaceptable. El repartimiento se suprime, pero se sustituye por la encomienda, institución en la que el rey entrega indios (encomendados) a un español (encomendero) para que les instruya y les evangelice, a cambio de unos servicios personales o el pago de un tributo. No hay que olvidar que una de las obligaciones del rey es evangelizar a sus súbditos; esta es la condición que el papa Alejandro VI pone para conceder sus bulas. De hecho las cosas no cambian mucho para los indios. El que reparte las encomiendas es el gobernador, y se utilizan como mano de obra esclava, a pesar de ser oficialmente libres. Esta situación es inmediatamente condenada por los dominicos, quienes tenían a su cargo el Tribunal de la Inquisición. Famoso se hizo Cristóbal Rodríguez la Lengua por sus denuncias de las actuaciones de los encomenderos. La Lengua vino a España en 1505 para denunciar ante el rey la situación de los indios y pedir su restitución a la libertad. Durante el gobierno de Ovando la encomienda fue quedando reducida a unos grupos privilegiados; sin embargo, cuando en 1508 Diego Colón se hace cargo del gobierno, la encomienda se extiende, ya que debe conceder indios encomendados a sus amigos.

     La encomienda fue el principal instrumento que impulsó la conquista, ya que los conquistadores se aseguraban indios encomendados. Para evitar abusos el ministro Fonseca recomienda la creación de una audiencia en Santo Domingo donde pudiesen litigar los habitantes de aquellas tierras. Esta audiencia se creó en 1511, pero no tuvo la eficacia pretendida, ya que los indios no sabían manejarse entre los vericuetos legales de los españoles. Esta audiencia era un tribunal superior, y estaba constituida por tres jueces de apelación. La audiencia pronto se convirtió en otro instrumento de conquista ya que tenía la facultad de autorizar expediciones y las entradas.

     El debate contra la encomienda es fundamentalmente ideológico, y se hace, sobre todo, en el ámbito de la Iglesia. Sus razones crearán, a la postre, el Derecho internacional moderno. En 1511 fray Domingo Montesinos pronuncia el primer sermón contra la encomienda en Santo Domingo. Su argumentación principal era que los indios tenían alma, por eso era necesario evangelizarlos y salvarlos. En 1512 se reúne la Junta de Burgos para debatir el asunto de si los indios tenían alma, y se concluye con siete principios. En las Leyes de Burgos se reconocía: que los indios son libres; que los Reyes Católicos son señores de los indios por su compromiso evangelizador; que se podía obligar a los indios a trabajar con tal de que el trabajo fuese tolerable y el salario justo, aunque se podía pagar en especie y no en dinero; se justifica la guerra esclavista si los indios se negaban a ser cristianizados; y para ello se creó la institución del requerimiento, una conquista sólo estaba justificada si los indios se negaban a ser evangelizados. A los indios se les requería leyendo un manifiesto en el que se les instaba a convertirse al cristianismo. Evidentemente, los indios no entendían nada, o si entendían no estaban dispuestos a convertirse por el mero hecho de la lectura de una carta, pero los exploradores tenían la cobertura legal para sus entradas.

     Hay que tener en cuenta que el concepto de libertad medieval es diferente al actual. Que una persona sea libre significa que es sujeto de derechos, a pesar de tener la obligación de realizar trabajo servil, al cual estaban obligados tanto los indios como los españoles de la península; por lo tanto, el trabajo en la encomienda no quitaba la libertad a los indios. Entre 1512 y 1520 será fray Bartolomé de las Casas el que denuncie los abusos del sistema; tanto en las Indias como en España. Las Casas cree que la solución pasa por hacer convivir en igualdad de condiciones a los indios y los peninsulares; en el mismo pueblo y compartiendo trabajo y beneficios. La conquista y el descubrimiento debían quedar en manos de los religiosos, apoyados por el Ejército. Las Casas encontró muchos problemas en España con sus teorías, hasta que el cardenal Cisneros se hizo cargo de la regencia del reino y del Tribunal de la Inquisición. Cisneros era favorable a las teorías de Las Casas, y emprendió acciones con el fin de terminar con la encomienda. Prohibió que los altos cargos tuviesen encomendados, y se creó la figura del procurador de los indios, que se concedió a Las Casas. Las Casas llegó a fundar una población en la que puso en práctica sus teorías, pero fracasó en poco tiempo. Sin embargo, Cisneros suavizó las Leyes de Burgos a pesar del fracaso del plan de Las Casas.

Carlos I y las Leyes Nuevas

     El combate de Las Casas por la libertad y la dignidad de los indios obtuvo sus frutos con Carlos I que promulgó una serie de leyes con la pretensión de terminar con la encomienda. Sin embargo, la conquista de México por Cortés en 1519 consagró la opción de la ocupación militar frente a la evangelizadora. La campaña de Cortés fue un éxito militar y económico. La conquista de Nueva España por Hernán Cortés es una apología de la solución armada y de la evangelización organizada, ya que Cortés llevó consigo clérigos. La conquista de México, un gran territorio en el continente, supuso el comienzo del despoblamiento de La Española, ya que aquel territorio era mejor, y La Habana, en Cuba, conquistada en 1513 por Diego Velázquez, se convirtió en mejor puerto. En esta época se comienza el tráfico de esclavos negros y también la evangelización organizada de las nuevas tierras.

     En 1520 se sentencia en contra de la encomienda y en favor de la libertad de los indios, pero no se impiden los requerimientos. La encomienda se convierte, para evitar el nombre, en depósito de indios, pero los servicios a los que están obligados serán marcados y limitados por las autoridades. Se les ha de adoctrinar, y está excluido el trabajo en las minas. Además, el encomendero tiene obligación de acudir a las armas, y ha de residir en el territorio de manera permanente.

     El gobierno de Cortés en México se convierte, pronto, en un desgobierno tiránico. Para poner orden se crea la Audiencia de México, como prolongación de la de Santo Domingo. Pero la corrupción acaba con ella muy pronto. En 1530 se crea la segunda audiencia, que para evitar la encomienda crea una serie de señoríos jurisdiccionales al modo de los de Castilla. Sin embargo, se respetarán los derechos adquiridos, por lo que la encomienda tardará en desaparecer, ya que tales derechos son hereditarios.

     El primer presidente de la audiencia es Fuenleal, cuyo gobierno es breve pero transcendente, ya que con él se consolida la audiencia, se prohíben las entradas esclavistas, se fomenta el establecimiento poblador de los españoles, y se inicia la evangelización de los indios en Nueva España. En 1535 asume la presidencia de la audiencia Antonio de Mendoza, que será el primer virrey, e intentará recuperar la encomienda, con el repartimiento perpetuo de indios. El virrey tiene la facultad de organizar la vida del país, de hacer cumplir las leyes, y e incluso de dictarlas, porque aunque debían ser ratificadas por el rey estaban vigentes mientras tanto.

     En México había grandes diferencias entre la capital, donde estaba el poder, y el resto del territorio novohispano, donde los abusos de poder eran frecuentes. Esta circunstancia era posible debido a la enorme desproporción entre los medios reales y de los que teóricamente se disponían. El poder del gobernador no tenía oposición. La audiencia no era usada por los indios, que legalmente podían, por desconocimiento.

     El carácter de empresa capitalista de las entradas, en las que los soldados eran socios, hacía muy difícil su erradicación, y favorecía los abusos. Tampoco se pudieron evitar los atropellos de los gobernadores, a pesar de las visitas y del juicio de residencia.

     El descubrimiento y la conquista de Perú, y del Imperio inca, fue otro éxito militar. Pascual de Andagoya descubrió Perú, y Francisco Pizarro conquistó el Imperio inca en tres expediciones: una en 1524, otra en 1526 y la última entre 1531 y 1535. También el gobierno de Perú fue muy problemático, pero el país quedaba más alejado que Nueva España, y las soluciones llegaron más tarde y más tímidamente.

     1542 es un año en el que se reforma la Administración virreinal. Fray Bernardino de Minaya llevó en 1535 sus reivindicaciones ante el papa Paulo III, que promulgará tres bulas en las que se determinará: la obligación de la práctica bautismal, la prohibición de la esclavitud de los indios, y la condena contra los que negaban a los indios la cristianización. Carlos I reacciona ante estas bulas, ya que considera que son una intromisión del papa en los asuntos del emperador. En 1539 Francisco de Vitoria, desde Salamanca, hace una defensa doctrinal de los usos consagrados en las Indias, confirma el poder del emperador por su esfuerzo en extender la Fe, y defiende la guerra justa. En 1531 Las Casas había vuelto a la defensa de los indios tras el fracaso de sus misiones, y alcanza un gran prestigio ante el rey. En 1540 el rey ordena la reunión de una Junta de Consejeros Reales y juristas de prestigio, de la que saldrán en 1542 «Las Leyes Nuevas de Indias».

     Las Leyes Nuevas determinan: la creación de un Consejo de Indias, la fundación de dos nuevas audiencias (la de Perú y la de Confines, entre Guatemala y Nicaragua), la prohibición de la esclavitud de los indios, todos los indios repartidos quedaban bajo la jurisdicción de la corona, moderación en los repartimientos adquiridos legalmente, y prohibición de nuevas encomiendas (lo que implica la condena a muerte de la institución, por agotamiento). Además, las expediciones de descubrimiento deben tener una licencia de la audiencia y deben ser acompañadas por un religioso; lo que no evitó que continuasen siendo empresas capitalistas en las que el pillaje estaba a la orden del día. También se establecían las condiciones del asentamiento de colonos en nuevas tierras, y los tributos y servicios que los indios deben pagar como súbditos del rey.

     Existe una gran resistencia a la implantación de las Leyes Nuevas ya que suponen el fin de los privilegios de los encomenderos. La mayor oposición se da en Perú, el gran proveedor de plata, que amenaza con una gran tragedia y la disminución de los efectivos de plata, si el trabajo de los indios desciende. En 1546 se produce la Revocación de Manila y en Perú la encomienda de los beneméritos se hace hereditaria. Al mismo tiempo sé estable la mita, servicios obligatorios de los indios para el trabajo en la mina.

Consolidación y desvirtuación del sistema: Felipe II y el siglo XVII

     A pesar de los esfuerzos de la monarquía por proteger a los indios, y por controlar el comercio con las Indias, la realidad es muy diferente, y el trabajo y la explotación indígena está a la orden del día. Sin embargo, se observan ciertos cambios. Los indios litigan con éxito ante la audiencia, ya han aprendido los mecanismos de la justicia española. Sin embargo, las audiencias de Nueva España en 1559, y de Perú en 1568, permiten reprimir por la fuerza a los indios que dificulten la pacificación.

     En 1573 se promulgan unas Ordenanzas de Nuevos Descubrimientos y Poblaciones, que consagra la conquista pacífica y la persuasión de los indios, pero que permiten defenderse con las armas en caso de peligro. La reglamentación de la vida en las Indias es una magna obra legislativa. Se concede supremacía al poder político, al gobierno sobre la audiencia, con lo que se permiten los abusos de poder, al ser el virrey el responsable del repartimiento de trabajos y mercancías. En caso de conflicto entre el virrey y la audiencia resolvería el rey, mientras tanto prevalecía la resolución del virrey.

     La corrupción se estableció en las Indias como modelo de gobierno, a causa de la venta de oficios públicos, que a pesar de ser nombrados por el rey, eran vendidos para conseguir un beneficio rápido. Se vendieron todos los oficios, pero sobre todo los bajos: secretarios, alférez mayor, etc., que tenían sueldo y voto en el municipio. Ante la magnitud del fenómeno y de la imposibilidad de erradicar la costumbre, desde 1558 quien vende los oficios es la propia corona; lo que produce un auténtico caos en la Hacienda, ya que se crea una oligarquía indiana. Con esta medida la corona se reserva el derecho de nombramiento de los cargos públicos. La venta sigue un proceso estipulado: anuncio público, subasta, plazo de tres años y confirmación por el rey.

     Otro de los problemas de las indias fue la vigencia de la encomienda. La encomienda se prohibió en múltiples ocasiones, pero se consagró el trabajo forzoso de indios, por un salario, generalmente mínimo, que junto con la trata de negros fue la base de la fuerza de trabajo. En esta época no es extraño el forzar a alguien, sin ocupación reconocida y sin recursos, a trabajar por un salario. Son muy comunes en Europa las leyes de vagos o las levas. El encargado, en las Indias, de esta misión era el juez repartidor. En Perú la mita fue toda una institución, básica para la economía del país. La corona no intentó detener el repartimiento por miedo a quedarse sin el comercio americano. La alianza entre los poderosos y los hacendados hizo prevalecer la institución. Sin embargo, esta medida no dejaba de tener su contradicción, puesto que había suficientes indios dispuestos a trabajar por un salario, sobre todo en Nuevo México, y se podían explotar los recursos naturales con ellos. Claro que con la encomienda salían más baratos.

     Otra de las instituciones importantes de la economía indiana era el repartimiento de mercancías, que tuvo su auge en el siglo XVIII y que fue un medio importante en el control del comercio con las Indias. Las mercancías que se podían exportar a España debían ser autorizadas por los gobernadores y los magistrados. Este control ejercido por los magistrados y los hacendados privilegiados fue fuente de corrupción, ya que vendían sus mercancías quien más pagase.

Organización del Estado indiano

     El Estado indiano tiene ciertas peculiaridades que le diferencian de los Estados europeos. En la sociedad indiana de distingue dos repúblicas: la de los españoles y la de los indios. Estas dos repúblicas son categorías sociales abiertas y se pertenece a una u otra más por las riquezas que por el nacimiento.

     En las Indias no hubo Cortes, el autoritarismo real era pleno, pero los territorios estaban muy alejados de la capital del reino.

     Otra característica importante del Estado y la sociedad indiana fue la creación de ciudades de nueva planta según el modelo del municipio castellano; y con planos regulares. En las Indias la mayoría de la población es urbana, y sólo en contadas ocasiones predomina la población rural.

La Corona

     La Corona es la titular del poder en las Indias, lo que quiere decir que tiene la potestad legislativa. Nadie más que ella puede crear leyes en las Indias, y además, teóricamente, no está limitadas ni por la costumbre ni por las servidumbres adquiridas.

     Los asuntos de las Indias se resuelven en el Consejo de Indias, que es un órgano colegiado y consultivo; ya que siempre resuelve, en última instancia, el rey.

     La Casa de Contratación es la encargada de gestionar el comercio con las Indias. Es también un órgano colegiado y consultivo en asuntos mercantiles. Se establece en 1503 en Sevilla, pero en 1717 se traslada a Cádiz. Sus magistrados son jueces en cuestiones mercantiles y armaduras de flotas. Controlan las mercancías que llegan de las Indias y las que van allí.

El gobierno

     El gobernador es nombrado por el rey, y tiene poder sobre un territorio delimitado. Tiene potestad para adoptar resoluciones, las cuales se convierten en normas, que pueden hacer las veces de leyes para ese territorio.

La audiencia

     La audiencia es el tribunal judicial del Estado en las Indias. Es un órgano colegiado regido por un presidente de audiencia. Hay dos categorías de magistrados, los justicias mayores y los ordinarios, ambos nombrados por el rey. La audiencia es el mayor órgano judicial en las Indias, ya que allí no hay cancillerías. Es la encargada de autorizar las nuevas conquistas.

El virrey

     El virrey es el mayor poder político en las Indias, y el encargado del gobierno. En un principio sustituye al adelantado de la conquista. Es el sustituto del rey en las Indias, por lo que se convierte en árbitro de todo tipo de asuntos. Sus resoluciones prevalecen ante las de la audiencia, aunque son apelables ante el rey. El virrey está sometido a las visitas y al juicio de residencia, como los demás cargos públicos.

El municipio

     El municipio es la célula básica de la población y la conquista de las Indias. Está organizado según el modelo castellano, con: alcalde, gremios, ayuntamiento vecinal, asamblea abierta, reparto de tierras y comunales, organización de la policía y la defensa ante un medio hostil, etc. El gobierno del municipio está viciado por la corrupción generada con la venta de oficios, y dominado por las oligarquías indianas.

Las autoridades indígenas

     Los indios no perdieron sus autoridades con la conquista española, es más, los españoles se valieron de ellos para someterlos. Las autoridades indígenas eran parte de la república de los indios que conservaron su nobleza indígena como caciques o curacas. Son personas de mucha influencia entre los indios, y su nobleza les hace asimilarse socialmente a la república de los españoles. La flexibilidad de las categorías sociales favorece la inserción de la nobleza india en la sociedad española.

La Hacienda

     La Hacienda está compuesta por multitud de cargos entre los que destacan el de contador, tesorero, factor y veedor. Todos estos oficios son vendibles, y los más codiciados por la oligarquía indiana.

La guerra y la milicia

     En un territorio de frontera, como es América, la organización de la milicia y la guerra es muy importante. Existe obligación de acudir a las armas cuando se es requerido. Quien organiza la milicia es el municipio, a través del oficio de alférez, que es vendible. En las Indias nunca estuvieron los Tercios del ejército español del rey.

     Fue muy importante, durante la conquista, la organización de entradas, empresas capitalistas donde los soldados eran los que aportaban el capital y se llevaban una parte de las ganancias. Eran, pues, empresas privadas.

El siglo XVIII y los Borbones

     El XVIII es un siglo de decadencia y quiebra del sistema, a pesar del control y la centralización del Estado que los Borbones pretendieron. La guerra contra los piratas y contra Inglaterra, que se había hecho dueña de todas las rutas marítimas, redujo el comercio con las Indias. También se luchó con Francia, por el control del Atlántico. En 1713 se firma el Tratado de Utrecht, que liberaliza el comercio con las Indias y se permite traficar a Inglaterra y otros países europeos. Se termina, también, con las compañías privilegiadas que comerciaban con América. España intenta diversos sistemas de protección del comercio con la península. Se prohíben las transacciones interregionales entre los distintos territorios de las Indias, y con Filipinas, que se estaba convirtiendo en un mercado muy importante, marginando a España. Pero en 1785 se decreta la libertad de comercio con América.

     Las tendencias centralizadoras de los Borbones chocan con la relativa autonomía de ciertas instituciones en América, particularmente las misiones de los jesuitas, que son expulsados por Carlos III en 1767. El abandono de sus misiones provocó el aumento de los abusos contra los indios.

     Las tensiones en las Indias, y la inseguridad de las rutas, favorecieron la militarización general, lo que provocó gran descontento. Carlos III confió a José Gálvez una visita con el fin de conocer las peculiaridades del gobierno de las Indias. Gálvez promueve la creación de nuevas intendencias y otra división de los virreinatos: Nueva Granada y Perú, con capital en Buenos Aires.

     En la sociedad indiana aparecen los criollos, que serán marginados del gobierno y a la postre impulsaran la independencia, ya en el siglo XIX.

Bibliografía

Ferran Soldevila: «Historia de España». Crítica. Barcelona 1995
Jaime Vinces Vives: «Historia social y económica de España y América». Vinces Vives. Barcelona 1972
Miguel Arjona Colomo: «Historia de América». Epesa. Madrid 1975
Leslie Bethell: «Historia de América latina». Crítica. Barcelona 1990
Miguel Artola: «Enciclopedia de historia de España». Alianza. Madrid 1988

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