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EL JUSTICIA DE ARAGÓN PARA DEFENDER TUS DERECHOS


¿QUÉ ES EL JUSTICIA?

El antiguo Reino de Aragón fue un ejemplo para el mundo en la defensa de los Derechos y las libertades.

Desde hace ya 700 años, cuenta en su Historia con una institución singular y única en el mundo: el Justina de Aragón. Era un defensor de los fueros y de las leyes Aragonesas, un receptor de las quejas de los ciudadanos y un moderador frente a las arbitrariedades del poder. Después del Rey, era el justiciazgo la institución más importante y prestigiosa de la organización política del Reino de Aragón.

Esta institución sufrió diversos avatares por defender las Leyes y soportó represalias trascendentales en diversos momentos de la Historia. Los más tristes y conocidos fueron los de las alteraciones de 1591, que costaron la decapitación de don Juan de Lanuza, el Mozo, por haber defendido los Fueros y por enfrentarse a la voluntad del rey de España, Felipe II que había penetrado en Aragón con sus ejércitos contrariando Fueros que el mismo rey había firmado y se había obligado a respetar.

Otro rey de España, Felipe V de Borbón, suprimió la figura del justicia en el año 1711.

En la actualidad, al asentarse la democracia en España y con motivo de aprobarse el Estatuto de Autonomía de Aragón de 1982, volvió a crearse el justicia, como una de las instituciones básicas de Aragón junto con las Cortes, la Diputación General y el Presidente.




¿QUÉ PUEDE HACER EL JUSTICIA?



Los ciudadanos pueden dirigirse al justicia cuando entiendan que la Administración, las Autoridades o Funcionarios les perjudican en algunos de los derechos que garantiza la Constitución.

Los aragoneses, cuando estimen que se ha producido alguna irregularidad o un abuso de poder o una actuación anómala de la Administración que perjudique sus intereses, pueden solicitar que el justicia investigue en su caso de forma gratuita.

Cuestiones o materias como Medio Ambiente, Urbanismo, Acción Social, Función Pública son las que más atiende el Justicia de Aragón.

La Administración debe facilitar al Justicia su labor de investigación y aportarle los datos que solicite, para averiguar y para conocer las posibles irregularidades o los casos de mal funcionamiento.

Si el justicia deduce que han existido irregularidades podrá formular advertencias a la Administración, así como recomendaciones, sugerencias o recordatorios, para que se corrijan las anomalías, debiendo informar a los interesados del resultado de sus actuaciones.

Las resoluciones del Justicia no son ejecutivas ni pueden sustituir a las de la Administración, pero goza de una gran fuerza moral. La persuasión del justicia para lograr sus objetivos proviene de su independencia y de la publicidad de sus informes que presenta ante las Cortes de Aragón.


¿QUÉ NO PUEDE HACER EL JUSTICIA?

  • Interponer demandas ni recursos ante los Tribunales de JUSTICIA.

  • Llevar actuaciones entre particulares o defender intereses de un ciudadano frente a otro ciudadano.

  • Intervenir en asuntos sobre los que esté pendiente o haya recaído una sentencia judicial.

  • Sustituir a la Administración en el ejercicio de sus competencias.



  • ¿QUIÉN, CÓMO Y CUÁNDO PUEDE DIRIGIRSE AL JUSTICIA?




    Todo el mundo puede presentar una queja ante el Justicia, incluso menores, extranjeros y presos. Tan solo es preciso demostrar un interés y que se refieran a una actuación de la Administración

    Las quejas pueden formularse por escrito. Basta con una simple carta en que se relaten los hechos con la suficiente claridad. También puede personarse el reclamante en la Oficina del Justicia y explicar su caso,siendo ayudado para la redacción de la queja.

    En todo caso las quejas deberán estar escritas y firmadas con los datos de identificación del interesado aportando la documentación que crea oportuna. No se admiten quejas anónimas.

    Las actuaciones del justicia son secretas y no se hace pública la identidad del quejoso.

    Existe un plazo de un año para solicitar la intervención dl Justicia, desde que se produjo el hecho motivo de la queja. No obstante, si el caso lo requiere, el Justicia puede actuar de oficio aunque haya transcurrido dicho plazo.




    ¿CÓMO SE ELIGE AL JUSTICIA?


    Los representantes del Pueblo de Aragón, es decir, los Diputados de nuestras Cortes, eligen al Justicia por un periodo de 5 años. Se exige para la elección una amplia mayoría.

    El Justicia de Aragón tiene que ser completamente independiente y no estar sujeto al mandato de ninguna autoridad en el ejercicio de sus funciones. Es también compatible con cualquier otra función pública o profesional y no pudiendo pertenecer a ningún partido político. Ahora El Justicia tiene unas funciones diferentes de las que tuvo a lo largo de la Historia. Es un "Ombudsman" o un Defensor del Pueblo a semejanza de las figuras modernas inventadas en Suecia para defender a los ciudadanos y supervisar a las Administración y a los poderes públicos cuando vulneren los derechos de los ciudadanos. Además, debido a la historia, El Justicia de Aragón tiene otras funciones peculiares y que no tienen ningún otro Defensor del Pueblo: Tutela del Ordenamiento Jurídico Aragonés (El Derecho propio de Aragón), y la Defensa del Estatuto de Autonomía.

    JUSTICIA DE ARAGÓN
    Don Juan de Aragón, 7

    50001 ZARAGOZA

    Tfno. 976-399354

    Fax. 976-394632

     
     

    gracias por tu visita tu aragon  te lo agradece